La violencia doméstica es cualquier situación de maltrato físico, psicológico, sexual o patrimonial, en el que la persona que realiza el acto violento tiene o tuvo una relación de consanguinidad, afinidad o adopción con la persona agredida.
En Costa Rica, desde 1996, mediante la Ley Contra la Violencia Doméstica, las madres, niños y niñas, personas de sesenta años o más, con discapacidad, y víctimas de violencia en las relaciones de pareja, pueden solicitar medidas de protección que les garanticen la vida, la integridad y la dignidad. Se llaman medidas de protección.
- Qué son medidas de protección?
Son medidas ordenadas por el juez para garantizar la vida, la integridad y la dignidad de las personas víctimas de la violencia doméstica o de pareja. Ejemplo: prohibirle al presunto agresor molestar, perturbar, amenazar, intimidar o acercarse al domicilio, lugar de trabajo o estudio de la solicitante, ordenar la salida inmediata del presunto agresor del domicilio común, autorizar a la solicitante que pueda salir del domicilio común y fijar, a favor de la solicitante, un monto provisional de pensión alimentaria. Lista completa.
- Quién puede solicitarlas?
Las pueden solicitar las personas mayores de doce años y mujeres que hayan sido víctimas de violencia doméstica. También lo pueden hacer, las instituciones públicas o privadas, cuando la persona que es víctima de violencia se vea imposibilitada para hacer la petición, o cuando las víctimas sean personas menores de edad, personas adultas mayores y personas con algún tipo de discapacidad.
- Dónde puedo solicitarlas?
En los Juzgados de Violencia Doméstica que están disponibles las 24 horas del día. Si no hay este tipo de juzgados cercanos a usted, en los juzgados mixtos o contravencionales de todo el país, en un horario hábil de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. Lista de juzgados por provincia.
- Cuáles son los requisitos?
Presentar cédula de identidad, de residencia o pasaporte. Si no tiene documento de identificación, de igual manera, puede hacer una denuncia directa, sin necesidad de contratar a un abogado. Debe informar el nombre, los apellidos y dirección de la persona agredida y la persona agresora, si los conoce, explicar los hechos ocurridos, y aportar las pruebas, si las tiene, en las que fundamenta los hechos expuestos en la solicitud e indicar un lugar para recibir notificaciones.
- Qué derechos tengo tras hacer una denuncia por violencia doméstica?
Usted tiene derecho a: ser atendida a la brevedad posible, declarar en un lugar privado y seguro, ser atendida por personal idóneo y calificado; que se respete la confidencialidad de la información que brinde; a recibir toda la información en un lenguaje claro, sencillo y comprensible; y a recibir apoyo legal, psicológico y social, en las oficinas de atención a las víctimas del ministerio público. Si tiene alguna discapacidad, a recibir los servicios de apoyo y ayuda técnica necesarios para participar en los procesos judiciales. Las mujeres adultas mayores, indígenas, migrantes, menores de edad, con discapacidad, deben recibir una atención acorde a sus necesidades y características particulares.