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Fortalecer los derechos de las mujeres es fortalecer la Democracia
24 Abril 2025
  • Juzgado de Apelaciones de Pensiones Alimentarias incrementa resoluciones en 2025
  • Un aumento en la cantidad de respuestas a las apelaciones que presentan las personas usuarias en sus procesos de pensión alimentaria, así como la reducción de los tiempos de tramitación, revela el análisis de los indicadores de gestión del Juzgado de Familia Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias.

23 Abril 2025
  • Promueven intercambio de experiencias para la recolección de datos de personas usuarias LGBTIQA+
  • La iniciativa se desarrolla como parte de un intercambio presencial entre delegaciones de Costa Rica, Guatemala y Países Bajos que busca compartir conocimientos y capacidades del personal judicial y sociedad civil; cuenta con el financiamiento del Fondo de Cooperación Triangular Unión Europea-Costa Rica-América Latina y Caribe de ADELANTE 2.

27 Marzo 2025
  • Especialistas comparten experiencia sobre Inteligencia Artificial aplicada a la Justicia Abierta en Argentina
  • Tres especialistas internacionales brindaron, este 25 de marzo, una charla para dar a conocer los avances en materia de Justicia Abierta que tiene el Juzgado Penal 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, con el apoyo del Observatorio de Datos con perspectiva de Género (DataGénero)

24 Marzo 2025
  • Despachos que atienden violencia doméstica cambian de nombre
  • Los despachos judiciales que atienen la materia de violencia doméstica del país, cambiaron su nombre desde enero del 2025, ahora se conocen como Juzgados Contra la Violencia Doméstica y de Protección Cautelar.

14 Marzo 2025
  • Realizan capacitación interinstitucional sobre el Protocolo de las 72 horas
  • Con el fin de que las víctimas de violación reciban una atención integral, oportuna y no revictimizante, la Secretaría Técnica de Género y Acceso a la Justicia del Poder Judicial inició la jornada de capacitaciones de este año 2025.

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JURISPRUDENCIA

SIN DISCRIMINACION. Toda mujer tiene derecho a ser libre de toda forma de discriminación.  (Convención Belem do Pará, art.6 inciso b).
VEJEZ DIGNA. Toda mujer tiene derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez. (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, artículo 11, inciso a).
IGUALDAD EN EL DEPORTE. Toda mujer tiene derecho a las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte y la educación física. (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, art. 10, inciso g).
AYUDA ESTATAL. El Estado debe dar- cuando sea necesario- servicios gratuitos durante el embarazo, el parto y el período posterior al parto. (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, art. 12, inciso 2).
IGUALDAD ANTE LA LEY. Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos. (Convención Belem do Pará, art. 4.)
DERECHO EN PRISION. Todo privado o privada de libertad tiene derecho a la educación, a recibir capacitación para el trabajo y a que se le asigne un trabajo. (Reglamento sobre derechos y deberes de los privados y privadas de libertad 22139-J, Artículo 15)
ENTRETENIMIENTO. Toda mujer tiene el derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural. (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, art. 13, inciso c.)
SERVICIO PRIORITARIO. Las personas indígenas que se apersonen a los despachos judiciales deben ser atendidas prioritariamente por los y las funcionarias judiciales. (Reglas Prácticas para facilitar el acceso a la justicia de las Poblaciones Indígenas en el Poder Judicial de Costa Rica, art. 4).
DISFRUTE PLENO. Toda mujer con discapacidad tiene derecho a que el país en donde resida adopte las medidas necesarias para disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. (Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad art. 6, inciso 1).
TRABAJO SIN FRONTERAS. Toda persona inmigrante tiene derecho al trabajo en igualdad de condiciones para todas las personas sin importar su nacionalidad. (Sala Constitucional, Sentencia No. 616-1999).
ACCESO A LA JUSTICIA. Toda mujer tiene derecho a igualdad de protección ante la ley y de la ley. (Convención Belem do Pará, art. 4, inciso f).
LIBRE DE PREJUICIOS. Toda mujer tiene derecho a una vida libre de prejuicios y patrones estereotipados. (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, artículo 5, inciso a).
Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia
Tel. (506) 2295-3059 / (506) 2295- 4707
7:30 a.m. a 12md. – 1 p.m. a 4:30 p.m.
Oficina 904, Edificio Corte Suprema de Justicia
Apdo. 99-1003

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