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Jurisprudencia

Violencia usando servicios básicos

Publicado el 17 Febrero, 2017 5:01 am

No. 2017-002416. Sala Constitucional. La Sala declara con lugar el recurso de amparo interpuesto por una mujer a la que se le desconectó el servicio de electricidad proporcionado por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL). Al tiempo existía una medida de protección de salir del domicilio hacia el esposo, a nombre del cual se encuentra el mencionado servicio. El esposó solicitó la desconexión del servicio y, aunque la recurrente trató el cambio de nombre, no se lo concedieron al no ser la titular de la vivienda. La Sala, atendiendo al principio de equidad, indica que la amparada es la persona legitimada para continuar habitando el lugar y que de no existir un servicio tan básico como el de electricidad, estaría siendo obligada indirectamente a abandonar el inmueble. Texto completo.

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