Especialistas del PJ proponen normativa sobre acoso sexual
Publicado el 14 Febrero, 2019 6:00 pm*Propuesta busca sancionar el “acoso sexual callejero” con días multa y asistencia a clases sobre violencia de género
Un equipo de especialistas del Poder Judicial se presentó este miércoles, 13 de febrero, ante integrantes de la Comisión Permanente Especial de la Mujer de la Asamblea Legislativa para explicar una propuesta normativa que busca la regulación y sanción del denominado “acoso sexual callejero”.
El objetivo general de la propuesta es que aquellos actos de connotación sexual que tienen lugar en espacios o medios de transporte, públicos o de acceso público, y que generan molestia a las personas destinatarias y circundantes, sean sancionados con una pena de 9 a 30 días multa, y en casos calificados de quince a cuarenta y cinco días multa.
Específicamente, el plan propone la creación de 4 tipos de contravenciones contra la violencia de género, que se agregarían al actual Código Penal. Mediante éstos se procuran sancionar distintos actos de acoso sexual en lugares o medios de transporte, públicos o de acceso público los cuales son comportamientos que, aunque han sido durante mucho tiempo parte de un patrón cultural y sufrido mayoritariamente por las mujeres, no por eso dejan de ser irrespetuosos y contrarios a la dignidad del ser humano.
Para darle mayor fuerza a las contravenciones, y que repercuta en el cumplimiento de las sanciones, en la propuesta también se sugieren unas reformas a los artículos 53 y 56bis del Código Penal, las cuales les darían facultades a los jueces y juezas contravencionales que sólo tienen, actualmente, las personas juzgadoras de los delitos e integrantes de los juzgados de ejecución de la pena. (Descargue la propuesta completa AQUÍ)
El grupo redactor de la propuesta lo integraron María Gabriela Alfaro Zúñiga, Fiscala Adjunta de Género; Raymond Porter, juez penal y encargado de ofrecer la capacitación desde la Escuela Judicial sobre este tema; Ricardo Salas, letrado de la Sala de Casación Penal; Xinia Fernández Vargas, jefa a.i. de la Secretaría Técnica de Género y Dixie Mendoza Chaves, coordinadora del Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres.
Este grupo se conformó en respuesta a una solicitud de comparecencia y colaboración técnica que hizo la Comisión Permanente Especial de la Mujer de la Asamblea Legislativa a personal del Poder Judicial, en noviembre del año pasado, que tuviera con fin último el planteamiento de una “normativa jurídica correcta y proporcional” sobre este tema.
Escucharon la presentación, las personas integrantes de la Comisión Franggi Nicolás Solano, presidenta; las diputadas Nielsen Pérez Pérez, Shirley Díaz Mejías y Mileidy Alvarado Arias y el diputado José María Villalta, así como las personas asesoras Alejandra Flores, Ivannia Monge, Claudia Arroyo, Elías Chavarría, Ethel Abarca y Orieta Zamora.
Sanción y resocialización
En general, las diputadas y el diputado que intervinieron con observaciones y preguntas agradecieron el trabajo del equipo de especialistas del Poder Judicial, y lo consideraron un importante aporte en el plan de elaboración de una iniciativa de ley que reconozca normativamente que el acoso sexual en espacios públicos es una violencia de género que debe ser sancionada.
Uno de los aspectos que les generó más preguntas fue la propuesta para que los jueces y las juezas contravencionales puedan conmutar hasta el 50% de los días multas impuestos, por la asistencia a un programa especializado para personas ofensoras, orientado a la sensibilización sobre la violencia de género.
La propuesta aclara que la posibilidad de conmutación de la pena la tendrá el juzgado contravencional sólo cuando dicho programa exista y haya un registro de organizaciones acreditadas para su ejecución; este registro de organizaciones y contenidos del programa sería llevado y autorizado por el Poder Judicial.
Además, se propone que, si las personas sancionadas por la comisión de alguno de los tipos de acoso no tienen capacidad para pagar, cada día multa no pagado se convertirá en un día de prestación de servicios de utilidad a favor del Estado o de instituciones de bien público. Sólo en aquellos casos en que no se pague de ningún modo, la pena podrá transformarse en prisión.
En distintos momentos de la presentación y durante las respuestas a las preguntas planteadas, las personas especialistas del Poder Judicial enfatizaron que la normativa propuesta busca, un efectivo reconocimiento de los derechos humanos de las víctimas, pero con un abordaje socioeducativo. Esto es que, además de sancionarse, se promueva la resocialización de las personas, especialmente cuando el origen de la conducta que se busca modificar tiene una causa cultural, como sucede con el denominado “acoso sexual callejero”.
El monto de cada día multa depende de la ocupación de la persona a sancionar. La gráfica ilustra algunos ejemplos con una sanción mínima, intermedia y máxima, según los salarios mínimos de algunas ocupaciones.