Satisfacción por aprobación, en primer debate, de normativa sobre acoso callejero
Publicado el 09 Junio, 2020 2:00 amNo. 3-2020
La Coordinación de la Comisión de Género y la Secretaría Técnica de Género y Acceso a la Justicia externan su satisfacción por la aprobación, en primer debate, de la Ley contra el Acoso Sexual Callejero por parte de la Asamblea Legislativa, este martes 9 de junio.
Entre los cambios más importantes, la propuesta de ley que se tramita bajo el expediente 20.299, establece como delitos el exhibicionismo o masturbación en espacios públicos, de acceso público o en un medio de transporte remunerado de personas; la persecución o acorralamiento y la producción de material audiovisual con connotación sexual de otra persona sin su consentimiento. Las sanciones van desde los 6 meses hasta los 24 meses de prisión.
Además, sanciona como contravenciones las palabras, ruidos, silbidos, jadeos, gemidos, gestos o ademanes con connotación sexual que sean emitidos hacia otra persona sin su consentimiento.
“La aprobación de esta ley representa un gran avance para el país, en su combate a las distintas violencias contra las mujeres, al evidenciar que muchas de las conductas que tradicionalmente se consideraron como inocuas, no solo no lo son, sino que merecen ser investigadas y sancionadas como un delito”, afirmó la Magistrada y coordinadora de la Comisión de Género, Roxana Chacón Artavia.
La Magistrada Chacón agregó que por más arraigadas que estén, cuando las conductas menoscaban los derechos de un grupo, como en este caso es el derecho de las mujeres a transitar libre y sin miedo a ser perturbadas, son conductas reprochables, y debe haber un compromiso social para prevenirlas y sancionarlas.
Junto a las penas de prisión y de multa contra quienes incurran en los delitos o contravenciones contempladas en esta iniciativa de ley, la normativa contempla la imposición de penas accesorias tales como el sometimiento de la persona condenada a un programa especializado para ofensores, cuyo fin último sea el control de las conductas violentas, la reeducación y sensibilización sobre las masculinidades tóxicas, equidad de género y respeto por los derechos humanos de las mujeres.
El Instituto Nacional de las Mujeres y el Ministerio de Justicia serían los encargados de enviar, cada año, a la Corte Suprema de Justicia, la lista de las instituciones acreditadas, públicas y privadas, a las cuales la autoridad judicial competente podrá remitir para el cumplimiento de estas penas.
Según la propuesta de ley, los gastos en que se incurra por este tratamiento correrán a cargo del Estado, salvo si la persona condenada cuenta con recursos suficientes para sufragarlos.
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Este comunicado fue enviado por la Secretaría Técnica de Género y el Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia y se divulga a solicitud de dichas instancias.
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