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Fortalecer los derechos de las mujeres es fortalecer la Democracia

Ley de Penalización de la Violencia Contra la Mujer

Aprobada el 12 de abril del 2007 y publicada el 25 de abril del mismo año, la Ley de Penalización de Violencia contra la Mujer (LPVcM), y sus reformas del 8 de marzo de 2021 y del 23 de agosto de 2021,   tienen como objetivo principal la protección de los derechos de las víctimas de violencia y la sanción de todas sus manifestaciones, física, psicológica, sexual y patrimonial, en contra de las mujeres mayores de edad.

En los últimos 5 años (de 2018 a 2022), se recibieron un total de 104 279 denuncias en las Fiscalías Penales de Adultos por delitos contemplados contra la LPVCM. En ese periodo, los 5 delitos mayormente denunciados fueron los siguientes, en orden decreciente: maltrato ( 40%), incumplimiento de una medida de protección (28%), ofensas a la dignidad (18%), amenazas contra una mujer (9%) y daño patrimonial (1%).

El impacto de la aplicación de la LPVcM , número de casos desestimados y posibilidades de mejoras en su aplicación son objeto de estudio y análisis permanente en el Poder Judicial. Ver comunicado sobre el tema.

Aquí encontrará un vistazo gráfico y las estadísticas completas en esta materia.

Estadísticas Completas
2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 2014 2013

 

Carmen Díaz Rojas

Carmen Díaz Rojas

Personas funcionarias de Pérez Zeledón, Osa y Corredores reforzaron conocimiento para la atención de las personas víctimas de violación, de una forma integral, oportuna y no revictimizante, durante las siguientes 72 horas del evento, como parte de una capacitación interinstitucional realizada por el personal del Programa Equipo de Respuesta Rápida a Víctimas de Violencia, este 5 de junio, en el Hotel del Sur. 

Reconocida como una buena práctica en la administración pública, el Poder Judicial presentó la iniciativa, sus avances y resultados obtenidos para la recopilación de datos de población usuaria LGBTIQ+ en el marco de la reunión de la red interinstitucional del Instituto de Educación en Derechos Humanos, bajo la coordinación de la Defensoría de los Habitantes de la República.

Fortalecer las capacidades institucionales para la generación y uso de datos inclusivos que contribuyan a garantizar el acceso a la justicia de poblaciones LGBTIQA+, mediante el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre instituciones públicas y organizaciones de sociedad civil de la región fue el objetivo de la actividad de intercambio "Datos Abiertos: una ventana de oportunidad para el acceso a la justicia en Costa Rica y Centroamérica de personas LGBTIQA+", llevada a cabo en Guatemala, el 12 y 13 de mayo anteriores.

Más de 80 funcionarias de los ámbitos del Poder Judicial que laboran en los circuitos de Puntarenas, Nicoya, Liberia y Santa Cruz, se reunieron en el "II Encuentro Regional de Mujeres", este 23 de mayo, en el auditorio de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) sede Puntarenas. Estuvo organizado por la Secretaría Técnica de Género y Acceso a la Justicia, la Comisión de Género del Poder Judicial y la Asociación Costarricense de Juezas.

El Equipo de Respuesta Rápida a Víctimas de Violación de la zona de Siquirres realizó el pasado 10 de abril, una charla virtual por medio de la plataforma Teams, con el fin de reforzar los conocimientos de las personas funcionarias que atienden a las personas víctimas de violación y que éstas reciban una atención integral, oportuna y no revictimizante.

No 00043-2023: Resolución que hace una interpretación extensiva del concepto unión de hecho, utilizando como fuente de interpretación la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer "Convención Belem Do Pará" y no los requisitos del Código de Familia, para de esta forma poder aplicar la Ley de Penalización de la Violencia contra las mujeres en un caso de delito de maltrato. Ver documento

Lunes, 16 Noviembre 2020 14:48

Fijación de la pena

No 01859-2020. Esta sentencia establece que a las mujeres trans en condición de vulnerabilidad son susceptibles de que se aplique el beneficio de disminución de la pena de los artículos 71 inciso g) y 72 del Código Penal; esto porque en primera instancia se consideró que el beneficio aplicaba a mujeres de acuerdo a su sexo biológico y no a su identidad de género.

La sentencia hace un análisis sobre la identidad de género, aplica criterios de convencionalidad e interpretativos en beneficio de las personas trans. Ver documento

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